Hablando de las libertades, el Papa León XIII
distinguía entre libertad física interna (soy libre para ir donde quiera y
nadie me puede coartar); libertad psicológica (soy libre para pensar lo que quiera),
y libertad moral (soy libre para hacer el bien, facultad para moverse hacia el
bien, pero no para hacer el mal; hay una obligación moral para hacer el bien y
evitar el mal; para hacer el bien tengo toda la libertad del mundo, para hacer
el mal no tengo libertad, no tengo derecho a hacer el mal). Las primeras dos
son del fuero interno de la persona y la Iglesia no puede emitir ningún juicio;
la tercera es del fuero externo y en esta sí puede y debe intervenir.
Ahora
bien, dicho todo lo anterior, pasemos al asunto del Estado Confesional. Hay
muchas personas, incluso pensadores modernos, que afirman que eso de estado
confesional es algo obsoleto y pasado de moda, y que ya no tiene posibilidad
alguna de realizarse en estos tiempos modernos. Eso es falso. Pues resulta que
en estos tiempos modernos, son decenas de países que son confesionales; y no
son sólo los estados islámicos. Desde el año 390 con el emperador Teodosio que
estableció la religión cristiana-católica como religión oficial del estado romano,
a partir de entonces todos los estados europeos empezaron a ser confesionales.
Esta línea se corta con la Reforma Protestante, donde se aplicó el principio de
“a cada príncipe su religión”. Pero aun con esto, siguieron existiendo estados
confesionales. En segundo lugar está la Revolución Francesa de 1789 que, en
relación a la religión cristiana, descristianizó a Francia. Pero después,
Napoleón se retracta, no completamente, y firma un acuerdo o Concordato con la
Santa Sede. La ruptura total de Francia con la Iglesia, en lo político, se da
en 1905 en lo que se llamó “La Tercera República”, que se decreta esta
separación.
A pesar
de esta ruptura, siguió habiendo estados confesionales: Inglaterra (anglicana),
Dinamarca e Islandia (luterana), Grecia (cristianismo ortodoxo griego), Costa
Rica, Malta, Mónaco (catolicismo); están los Estados islámicos (con su ley
musulmana Sharia, que une el aspecto temporal con el espiritual), y en algunos
casos, no sólo son confesionales sino que son teocracias (el rey o presidente
es un iluminado de Dios). Esta idea es rechazada totalmente por la doctrina
católica. Ya el Papa Benedicto XVI llegó a decir: “La misión de la Iglesia no es la de gobernar a los pueblos; eso le
compete exclusivamente a la política y políticos. La misión de la Iglesia es la
de evangelizar para la salvación de las almas”. Es el CIC que prohíbe a los
sacerdotes incursionar en política: canon 285,3 dice: “Les está prohibido a los clérigos aceptar aquellos cargos públicos que
llevan consigo una participación en el ejercicio de la potestad civil
(legislativo, ejecutivo y judicial)”; y el canon 287,2 dice: “No han de participar activamente en los
partidos políticos ni en la dirección de asociaciones sindicales, a no ser que,
según el juicio de la autoridad eclesiástica competente, lo exijan la defensa
de los derechos de la Iglesia o la promoción del bien común”. La aplicación
de este canon no afecta al diaconado permanente
Siguiendo
con las teocracias islámicas, tenemos a Irak e Irán. Otros estados islámicos
confesionales, pero sin teocracia, son: Mauritania, Afganistán, Pakistán,
Yemen, Omán, Marruecos. En África tenemos estos estados confesionales de
acuerdo a su Constitución: Argelia, Egipto, Libia, Mauritania, Marruecos,
Somalia. En América: Costa Rica. En Asia: Afganistán, Arabia Saudita, Baren,
Brunei, Camboya, Emiratos Árabes Unidos, Irán, Irak, Jordania, Kuwait,
Maldivas, Omán, Pakistán, Catar y Yemen. En Europa: Dinamarca, Reino Unido,
Islandia, Mónaco, San Marino, Vaticano. Entonces tenemos que los estados
confesionales no son cosas del pasado, sino que siguen siendo actuales. También
es bueno saber que en los Estados Islámicos la separación Iglesia-Estado no
existe; en otros, el Estado es totalmente opresivo a la religión como China,
Corea del Norte; y en otros, el Estado margina la religión, como Japón.
Una
cosa es la separación Iglesia y Estado, y otra es la separación Iglesia y
sociedad; que es lo que los detractores del cristianismo, especialmente del
catolicismo, quieren y exigen que se aplique. No quieren que lo cristianos
participemos en los debates de la sociedad. Se acusa a la Iglesia de que lo que
promueve y defiende es antidemocrático. Mientras la Iglesia reconoce el derecho
de estos grupos a opinar e intervenir en el ámbito público, estos mismos grupos
no le quieren reconocer a la Iglesia y los cristianos el mismo derecho. Nos quieren
tratar como ciudadanos de segunda categoría. Los cristianos somos ciudadanos de
hecho y de derecho; no podemos ser ciudadanos para unas cosas y para otras no.
Existen
dos formas de laicidad: una excluyente y otra inclusiva. La primera piensa que
la laicidad es una forma de convivencia de la que deben excluirse todas las
visiones de la vida, privando al espacio público de cualquier proyecto de vida
buena. La segunda piensa que la laicidad es una forma de convivencia en la que,
una vez supuesta la aceptación de algunos bienes humanos fundamentales
tutelados por unas normas primarias, cualquier propuesta de vida, cualquier
visión del mundo tiene derecho a ser ofrecida en el espacio público, siempre
que se utilice el instrumento de la razón para argumentarla.
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